miércoles, 23 de septiembre de 2009

Ogijares responde



Bueno, como recordareis hace un mes o asi envie un escrito a un monton de ayuntamientos, a ver si ponian los badenes como manda la normativa, concretamente el escrito es este:

"hola.
Me dirijo a ustedes para recordarles que tienen un año y un mes para legalizar los badenes de su municipio y ponerlos segun la normativa vigente.

Como recordatorio le dejo un extracto del periodico "El mundo" que espero les sea util:
http://www.elmundo.es/elmundomotor/2008/10/30/usuarios/1225361643.html

Ya estamos cansados de dolores de cervicales, de pagar reparaciones en nuestros vehículos, de tener que pegar frenazos bruscos por la falta de señalización y de todos los malestares que sus badenes provocan.

Como ejemplo les dejo este enlace donde pueden ver los efectos negativos que causan los badenes ilegales en el traslado de enfermos: http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=12767

Ponganlos donde sean necesarios, cerca de escuelas o centros, pero no al azar.

Un saludo."

Bien, pues ni uno solo de los ayuntamientos respondio... hasta hoy. Ogijares el pueblo con mas badenes de España me ha enviado un e-mail, donde dice lo siguiente:

Aclarar que "Un ciudadano mosqueado" no soy yo, asi que parece que no soy el unico que se ha quejado de esos artilugios, en fin el e-mail:


SERVICIO DE ATENCION CIUDADANA del Ayuntamiento de Ogíjares

Respuesta a QRS-09-183

Don harto de badenes :

Visto los diversos e’mails recibidos por el Departamento de Quejas y Sugerencias enviados por un ciudadano identificado como “Harto de Badenes” o “Un ciudadano Mosqueado”, a través del correo electrónico hartodebadenes@hotmail.com, en el cual se queja de la colocación de los pasos elevados, y “recuerda” que se han de adaptar a una normativa del Ministerio de Fomento que da de plazo dos años para que todos se adapten a dicha Norma, se ha de manifestar lo siguiente:

La referida norma es la “ORDEN FOM/3053/2008, de 23 de septiembre por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado”.

Dicha Orden en su punto segundo, ámbito de aplicación, dice textualmente; “La Instrucción que aprueba esta Orden será de aplicación a los proyectos de carreteras que formen parte de la Red de Carreteras del Estado”.

Por otro lado en la Disposición Final Primera, Título Competencial, hace referencia a que dicha Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.24ª (Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma) de la Constitución, que atribuye al Estado competencia sobre las obras públicas de interés general. Por tanto únicamente puede ser de aplicación en la Red de Carreteras del Estado. Si hubiese estado al amparo del artículo 149.1.21ª (Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación) de la Constitución y en cumplimiento de los artículos 4 de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y 5.2 del Reglamento General de Circulación, entonces, debería ser de aplicación en todas las carreteras españolas.

Por otro lado decir que los pasos elevados no se colocan al azar, sino en zonas o vías donde la velocidad excesiva de los vehículos puede ser peligroso (zonas residenciales, cercanías de colegios, zonas de visibilidad reducida, etc…)

Además dichos pasos elevados se encuentran señalizados correctamente para que todos los usuarios de la vía tengan conocimiento de la existencia del mismo y regulada la velocidad de paso por los mismos a 20 Km/h, por lo que si se respeta la velocidad de paso por los mismos no se deberían producir los problemas tanto personales como materiales que se manifiesta en la queja.

Por último decir que se dará conocimiento al departamento correspondiente de la Orden citada, por si estima conveniente tenerla en cuenta para próximas actuaciones que se realicen.

Hablando claro que se desentienden del tema y relegan toda la responsabilidad en el estado, lo cual quiere decir que le tendremos que enviar el escrito a Zapatero o al señor Pere Navarro.


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