martes, 2 de marzo de 2010
Precios de las Homologaciones
Es un tema que siempre se nos viene a la cabeza, si si... yo le meto todo eso al coche pero luego cuanto me va a costar homologarlo?
Pues bien buscando por ahi he encontrado esta empresa "Tuners & Drifters" que se dedica a las homologaciones, sus tarifas son las siguientes:
Coche completo (carrocería , llantas y suspensión)--400 € + iva
Carrocería -----------------------------------------350 € + iva
Carrocería + suspensión ----------------------------375 € + iva
Carrocería + ruedas---------------------------------375 € + iva
Suspensión + ruedas -------------------------------350 € + iva
Suspensión neumática-------------------------------262 € + iva
Puertas LSD*----------------------------------------275 € + iva
Neumaticos, llantas, separadores---------------------162 € + iva
Muelles-----------------------------------------------237€ + iva
Muelles roscados-------------------------------------287€ + iva
Frenos------------------------------------------------262€+ iva
Potenciación hasta un 30% (incluido cambio de motor) -285€ + iva
Y ya metidos en el tema os comento un poco que SI y que NO se puede homologar.
Fuente: www.tuninghomologaciones.com
CARROCERIA:
Se pueden homologar sustituciones o montajes de:
· Paragolpes delantero y trasero
· Faldones delantero, trasero y lateral
· Alerones
· Simulación de entrada de aire en capó.
· Alisado de cerraduras del portón trasero.
· Aletas y aletines.
No se puede homologar montajes de :
· Alerones de aluminio.
· Cualquier elemento que tenga aristas cortantes.
· Faldones delanteros en forma de quitanieve.
TECHO SOLAR:
Se podran instalar unicamente techos solares con contraseña de homologación europea.
LUCES:
Los faros de alumbrado que se sustituyan deberán estar homologados por el fabricante y deben tener grabados los códigos de homologación. El alumbrado de carretera nunca podrá tener mas de 75 puntos de índice de luminosidad.
Se pueden añadir 2 faros mas de alumbrado de carretera siempre que el indice de luminosidad de los 4 faros no supere los 75 puntos.
Estas reformas se pueden homologar con un certificado de taller instalador.
No se pueden colocar neones en el interior ni en los bajos aunque los lleves desconectados de la batería.
No se pueden tintar parcial o totalmente los faros ni colocar pestañas o cualquier otro elemento que interfiera en el haz de luz.
No se pueden homologar los kits xenon ya que los faros vienen preparados para luces halógenas y no de xenon.
SOBREPESO DEL VEHICULO:
Datos que hay que conocer:
MMA del vehículo · peso máximo autorizado del vehículo con ocupantes y carga
Tara del vehículo · peso del vehículo sin ocupantes ni carga.
Veamos un ejemplo:
Tenemos un Opel kadett el cual tiene una Tara=990kg y un MMA= 1480kg.
Al vehículo le hemos puesto: paragolpes delantero y trasero, taloneras, alerón, entradas de aire en capó, equipo de música potente.
Todo esto pesa 150 kg, con lo cual nuestro vehículo pesa ahora:
Tara+150=990+150= 1140 kg.
Nuestro vehículo tiene una nueva Tara de 1140 kg pero hay que sumarle 5 ocupantes, que se considera un peso de 75kg por ocupantes, con lo cual tenemos 75x5=375 kg a sumar a nuestra nueva Tara, por lo que tenemos un peso total=1140+375=1515 kg.
Dicho peso supera el MMA de nuestro vehículo en 35 kg por lo que no podremos legalizar el vehículo.
El peso máximo que podremos añadir al vehículo será=MMA-Tara-375.
MATRICULA PEQUEÑA:
La matrícula pequeña esta homologada desde hace tiempo , por eso algunos fabricantes la colocan en sus vehículos. Otra cosa muy distinta es cambiarla a nuestro gusto.
La ley no permite cambiar la matrícula ordinaria larga por la de dimensiones reducidas, salvo cuando no se pueda poner la ordinaria larga o se dificulte la ventilación del motor. Aquí empieza el problema ¿cuando se puede poner la de dimensiones reducidas?
Un ejemplo:
En los paragolpes de los alfa no cabe la ordinaria larga. En los todoterrenos que tienen instalado un cabestrante tampoco cabe la ordinaria larga
Resumiendo:
Si cambiáis el paragolpes delantero y no cabe la ordinaria larga y se dificulta la ventilación del motor,la podéis poner pero esto no va a ocurrir casi nunca.
No se trata de una reforma tipificada, por lo que las ITV no la van a poner casi nunca en la ficha técnica, y quedará a criterio del policía el multarte o no.
Recomendamos no ponerla, a no ser que esté clarísimo que no se puede poner la ordinaria larga.
ASIENTOS:
Para poder sustituir un asiento por otro se tiene que cumplir:
1º. Que el asiento nuevo tenga homologación propia
2º. Que el asiento esté anclado en las carrileras originales.
Si se utiliza algún soporte o travesaño estos deberan fijarse a las carrileras
originales mediante tornillería,nunca soldado.Si no es así probablemente
tengan que hacer ensayos en un laboratorio acreditado.
3º. Que el asiento tenga los mismos elemento de seguridad que los
originales( airbag).
Solamente se pueden homologar los Sparco modelo Torino y Milano y algunos Bccorona.
TUBOS DE ESCAPE:
El cambio de los tubos de escape no se considera reforma por lo tanto no se puede homologar.
Para poderlo cambiar tiene que tener una contraseña de homologación europea grabada en el mismo y valer para tu coche.
SEPARADORES:
Los separadores para que se puedan homologar han de tener marca y referencia, pueden ser de 2 tipos:
· Doble centraje.
· Doble fijación.
Con los separadores se aumentan los anchos de vías del vehiculo por lo que lo tenemos que tenerlo en cuenta a la hora de homologarlos.
Si al incorporar separadores o ruedas de mayor anchura, se da el caso que éstas sobresalen de la carrocería será necesario montar aletines.
PUERTAS LSD:
Se podrán homologar bisagras de la marca LSD que tengan certificado de fabricación tipo T.U.V.
MOTOR:
Cuando el cambio de motor no supera el 30% de la potencia del motor de origen es fácilmente homologable, cuando se supera el 30% habrá que modificar sistema de frenos, suspensiones y probablemente haya que ensayarlo en un laboratorio acreditado.
Cuando se realice un cambio de motor hará falta:
· Un certificado de emisión de gases
· Marca
· Tipo
· nºcil/cilindrada
· Potencia fiscal/real.
SUSPENSION:
Se pueden homologar cualquier tipo de suspensión compuesta por muelles helicoidales, para ello deberas indícarnos la marca y referencia de los muelles.
Las suspensiones neumáticas también se pueden homologar, deberas indícanos la marca y características técnicas de sus elementos(compresor, calderín, balona).
NEUMATICOS:
Los neumáticos se tendran que homologar cuando:
· Índice de carga sea menor que el de la ficha técnica.
· Código de velocidad sea menor que el de la ficha técnica.
· El diámetro exterior no sea equivalente, es decir, mayor que un +- 3% respecto a los nemáticos de origen.
· El cambio de llantas ocasiona un error en el velocímetro.
FRENOS:
Se podrán homologar la sustitución de los frenos de tambor por frenos de disco y la sustitución de los frenos de disco por otros sobredimensionados.
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